Haré el cambio de nombre yo en BCN, para que el se la lleve puesta a su nombre....¿ Tengo que pagar impuesto de transmisión patrimonial????
Teniendo en cuenta que en Catalunya estamos exentos de dicho impuesto a partir de 10 años de antiguedad,.... pero claro, desconozco como lo tienen en Madrid, y si aún haciendo la transferencia en tráfico BCN, se rigen por lo que toca en la comunidad del comprador, o yo que se ¿?¿?¿?¿?¿

A ver si alguien puesto en el tema me echa un cable.
Graciasssss
