Hombre, yo no soy muy "ducho" en estos temas pero si hay una denuncia de robo y el era el antiguo propietario el "nuevo" tendra que demostrar que tu vecino se la ha vendido, regalado o vete a saber que. Ademas de ser un robo con al menos allanamiento de morada y n caso de haber forzado alguna puerta, con fuerza....O no.

Manetero forero de primera clase
Mensajes: 720
Registrado: 02 Ago 2011, 19:39
Es logico que no pueda reclamar, pues no ha acreditado su propiedad.
Otra cosa es que tuviese un contraro de compra venta del objeto (la moto en este caso), del último titular o d eun desguace, o un acta de manifestaciones o de notoriedad con fecha anterior al robo.
Ahora. Si el mangui o a quien este se la venda, hace un acta de manifestaciones y la pone a su nombre, nadie le podrá imputar ningun delito o falta. No es necesario que la desguace. Le puede sacar pasta a la moto entera.
Me temo que así están las cosas.
Otra cosa es que tuviese un contraro de compra venta del objeto (la moto en este caso), del último titular o d eun desguace, o un acta de manifestaciones o de notoriedad con fecha anterior al robo.
Ahora. Si el mangui o a quien este se la venda, hace un acta de manifestaciones y la pone a su nombre, nadie le podrá imputar ningun delito o falta. No es necesario que la desguace. Le puede sacar pasta a la moto entera.
Me temo que así están las cosas.
Empuja empuja, que esto no tira.

Mensajes: 16
Registrado: 02 Ago 2011, 20:56
No estoy mu practico en el tema, pero creo que hay diferencia entre el "titular" y el "propietario", el titular es el que tiene el permiso de circulacion a su nombre, pero el propietario es que tiene la factura de venta.
Tu puedes dar de baja una moto para circular, pero no por eso pierdes la propiedad, ó sea que está inhabilitada para circular por la via pública, pero no por eso deja de ser tuya, ya que trafico lo unico que hace es conceder permisos de circulacion pero NO titulos de propiedad.
Espero haberme explicado.
Tu puedes dar de baja una moto para circular, pero no por eso pierdes la propiedad, ó sea que está inhabilitada para circular por la via pública, pero no por eso deja de ser tuya, ya que trafico lo unico que hace es conceder permisos de circulacion pero NO titulos de propiedad.
Espero haberme explicado.

Moderador
Mensajes: 73
Registrado: 29 Jul 2011, 14:51
Creo que llevas mucha razón Pedro. Estamos liando el tema y confundiendo el Código Civil con el Reglamento de vehículos. Creo que son temas bastante distintos. Además, la evolución de la sociedad nos ha llevado a admitir el "Leasing", "Renting", "prestamos con garantía", etc....y no vamos a entrar en quien es propietario, titular o usuario del vehículo. Esto nos llegará dentro de veinticinco años, cuando los vehículos actuales pasen a ser "antiguos o históricos o vete a saber qué.
Es sólo una opinión.
Es sólo una opinión.

Manetero forero de quinta clase
Mensajes: 53
Registrado: 22 Ago 2011, 17:11
Eso de que una moto dada de baja en tráfico "es de quien la pilla" ha estado muy bien, la verdad. Ya se ve que en este país el concepto de Propiedad Privada nunca ha estado muy claro, no.
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