Hola,
Supongo que algo de esto se escribió aquí en su día, pero he sido incapaz de encontrarlo.
¿Alguien ha rehabilitado una moto a la que el titular que constaba en tráfico dio de baja tras recibir la carta?
¿Qué pasos ha seguido?
Tenemos el número de matrícula y contrato de compra venta de hace más de cinco años, con un dueño que no era el titular en la DGT, el cual la vendió sin mediar papeles y al recibir la carta la dio de baja.
Hubo dos ventas más de la moto entre medias y ahora está totalmente restaurada.
¿Serviría de algo un acta notarial?
Muchas gracias.
Pañales y políticos han de cambiarse a menudo. Y por los mismos motivos.
El acta notarial te sirve, cuando hace mas de 5 años que la moto esta de baja.
si hace menos de 5 años, tienes que presentar, para demostrar que es tuya, una factura de un taller, chatarrería, desguace, etc y en estos últimos años, con la factura tiene que ir el justificante del pago del impuesto de sociedades, o el IAE.( creo que se llama así o era eso) del año en que te hacen la factura.
Vamos, más que nada, para demostrar que la factura te la han hecho ellos, en el taller o chatarreria.... y no tu con el paint.
si hace menos de 5 años, tienes que presentar, para demostrar que es tuya, una factura de un taller, chatarrería, desguace, etc y en estos últimos años, con la factura tiene que ir el justificante del pago del impuesto de sociedades, o el IAE.( creo que se llama así o era eso) del año en que te hacen la factura.
Vamos, más que nada, para demostrar que la factura te la han hecho ellos, en el taller o chatarreria.... y no tu con el paint.
por cierto alégrate que la dio de baja. por que sino, por mucho contrato de compraventa que lleves si no estaba firmado, por el propietario que figura en trafico.
no la pones a tu nombre ni de coña.
no la pones a tu nombre ni de coña.
Muchas gracias Antroxu.
Supongo que la factura también servirá para cotejar que en su día fuese presentada por la empresa que efectuó la venta.
El problema está en las ventas entre particulares, donde no se emiten facturas sino que se firman contratos de compra venta.
Cuando el titular no notificó la venta a tráfico, la moto quedó en el limbo.
Me temo que tocará esperar a los cinco años...
Supongo que la factura también servirá para cotejar que en su día fuese presentada por la empresa que efectuó la venta.
El problema está en las ventas entre particulares, donde no se emiten facturas sino que se firman contratos de compra venta.
Cuando el titular no notificó la venta a tráfico, la moto quedó en el limbo.
Me temo que tocará esperar a los cinco años...

Pañales y políticos han de cambiarse a menudo. Y por los mismos motivos.
Información
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 5 invitados