
Mensajes: 19
Registrado: 01 Ago 2011, 12:03
Hola buenas, tenemos una clásica nueva en el garaje,con papeles y DNI y contrato de compraventa del propietario y poder para hacer el cambio de nombre por parte del dueño. Al ir a hacerlo, se deben 120 euros del numerito que el vendedor nos dijo que lo había pagado, incluso nos dió un papel diciendo: "aquí tenéis el papel de haberlo pagado". Sin mirarlo por buena fé nos fuímos con la moto en la furgo y al revisar la docu nos dimos cuenta que sólo nos dió el "abonaré", pero sin pagar. El dueño ahora tiene malas maneras, poco más o menos "que nos den", ya no coge el teléfono y encima luego atando cabos, en cuanto le dimos la pasta salió "haciendo ruedas" con una sonrisa en la cara y fué bastante sospechoso. Hemos intentado contactar con él, pero pasa de nosotros. ¿Qué podemos hacer? ¿Algún consejo? ¿Nos comemos la moto si no pagamos los 120 euros? ¿el dueño puede dar la moto de baja aunque tengamos nosotros los papeles y el contrato de compra-venta?
Gracias de antemano.
Gracias de antemano.

Manetero forero de primera clase
Mensajes: 630
Registrado: 15 Sep 2011, 23:08
Ubicación: Murcia
Pagalos trasfieres la moto y despues lo denuncias.
Si en el contrato pone que está libre de cargas, lo que te han dicho, pagas, transfieres y denuncias.
Saludos,
Joseba
Joseba

Manetero forero de primera clase
Mensajes: 720
Registrado: 02 Ago 2011, 19:39
Para darla de baja deberá antes liquidar los impuestos. Por esa parte, creo que podeis estar tranquilos.
Ten en cuenta que en función de la Delegación de Tràfico, no admiten la copia del DNI si esta no está compulsada (Excluidas las gestorias).
Ten en cuenta que en función de la Delegación de Tràfico, no admiten la copia del DNI si esta no está compulsada (Excluidas las gestorias).
Empuja empuja, que esto no tira.
Ten en cuenta que "el numerito" se devenga por años vencidos y que el responsable es quien fuera titular al final del ejercicio. Si no lo pagas y el titular era el vendedor, se lo reclamarán a él porque no podrá darla de baja en Tráfico.
Otra opción es pagar tú el dichoso numerito y reclamárselo luego en un juicio monitorio que es muy simple y sin coste (no necesita abogado ni procurador) aunque la cantidad es muy pequeña y, a cambio, tendrás que dedicarle algún tiempito.
Otra opción es pagar tú el dichoso numerito y reclamárselo luego en un juicio monitorio que es muy simple y sin coste (no necesita abogado ni procurador) aunque la cantidad es muy pequeña y, a cambio, tendrás que dedicarle algún tiempito.

Manetero forero de primera clase
Mensajes: 763
Registrado: 03 Mar 2012, 18:28
En Barcelona ya no piden el pago del impuesto para hacer transferencias.
OJO:Rafael 2 escribió:En Barcelona ya no piden el pago del impuesto para hacer transferencias.
No te piden que lo muestres físicamente, por que ya lo tienen informatizado, y ven en el acto si está al corriente de pago.
Si no lo está, NO te harán el cambio de nombre


Manetero forero de primera clase
Mensajes: 763
Registrado: 03 Mar 2012, 18:28
Agusti hola:
Tres cambios de nombre ultimamente, 2 sin impuesto pagado y se lo digo al funcionario, respuesta, que eso es problema del ayuntamiento y no de ellos, que ya me lo exigiran, es como el seguro en vigor en las Itvs, pasan de ello y si a veces lo piden el no tenerlo en vigor es una falta leve, pasas la prueba.
Saludos
Tres cambios de nombre ultimamente, 2 sin impuesto pagado y se lo digo al funcionario, respuesta, que eso es problema del ayuntamiento y no de ellos, que ya me lo exigiran, es como el seguro en vigor en las Itvs, pasan de ello y si a veces lo piden el no tenerlo en vigor es una falta leve, pasas la prueba.
Saludos
Vaya.... pues las veces que lo he preguntado (desde que no lo piden físicamente), me han dicho que ya lo ven informáticamente si está pagado, para así poder hacer el cambio de nombre....Rafael 2 escribió:Agusti hola:
Tres cambios de nombre ultimamente, 2 sin impuesto pagado y se lo digo al funcionario, respuesta, que eso es problema del ayuntamiento y no de ellos, que ya me lo exigiran, es como el seguro en vigor en las Itvs, pasan de ello y si a veces lo piden el no tenerlo en vigor es una falta leve, pasas la prueba.
Saludos
De todas formas, mejor como dices, y mas lógico...... quien debe los impuestos no son los vehículos sinó las personas, y tiene que ser sobre ellas donde recaiga la deuda y no en el vehículo

En que quedamos.... ¿Se puede o no se puede transferir una moto sin haber pagado el recibo del ayuntamiento?
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