ini
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Manetero forero de quinta clase
Apropiacion indebida

Mensaje por ini »

HOla,

Ayer tuve que ir a la GC a declarar sobre una Bultaco que compre hara unos años.
Resulta que compre esta moto a un señor que si que me dijo que era de un amigo suyo.
Hace un mes le llame al propietario legitimo de la moto y me dijo que su amigo no tenia permiso para venderla.Resulta que el propietario le ha denunciado a su amigo por apropiacion indevida y ahi me encuntro yo en medio de todo el jaleo.

¿sabeis que suele pasar en estos casos?¿tengo que devolveral?¿me dan lo que he pagado?
¿me la puedo quedar?Porque lo que quiero es poder quedarmela.
Manetero forero de segunda clase
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Pues si resulta probado, deberas devolver el vehiculo, y podras solicitar la devolucion de lo pagado mas el interes legal del dinero mas daños y perjuicios a quien te la vendio (por transporte etc...) lo normal es que te debuelvan solo lo pagado mas el interes del dinero.

lo malo es el proceso que es lento. si llegais a un acuerdo los tres sera mas barato y rapido.
un saludo y suerte.
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gin
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Manetero forero de primera clase
Re: Apropiacion indebida

Mensaje por gin »

Tienes que denunciar al que te la vendió.
La primera denuncia cae sobre ti pero tú tienes un contrato que justifica que tu no la has robado (lo que te salva el culo porque la acta notarial si denuncia el dueño se la tienes que dar) y las dos denuncias caen sobre el vendedor del Vehículo
Al tío le va a caer un palo por estafa y apropiación indebida
Se puede llegar a un trato pero depende todo de las partes. Que el vendedor te devuelva el dinero y tu la moto con la condición de retirar las denuncias. Es lo más rápido para todos
Si vas a juicio es lento pero puedes pedir daños y perjuicios
Pero prigado ya estás si no se llega a ningún acuerdo entre las partes
Te la puedes quedar si el dueño quiere
Me encanta el olor de embrague y gasolina por la mañana :D
ini
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Re: Apropiacion indebida

Mensaje por ini »

Contrato de compraventa no hicimos.
Lo que si tengo es el informe de trafico que pedi sobre la moto con mi DNI justo en las fechas que la compre.
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si el propietario reconoce que teneis un contrato de compraventa aunque sea verbal, o tu o el vendedor lo demostrais, es tan valido como uno escrito. si tienes correos con el, wassaps etc que demuestren la relacion te puede servir de ayuda.

un saludo
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gin
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Re: Apropiacion indebida

Mensaje por gin »

tosalemal escribió:si el propietario reconoce que teneis un contrato de compraventa aunque sea verbal, o tu o el vendedor lo demostrais, es tan valido como uno escrito. si tienes correos con el, wassaps etc que demuestren la relacion te puede servir de ayuda.

un saludo
Es el único clavo, reza. Pero si el vendedor niega te metes un marrón
Pero siempre contrato de compraventa y en los ciclomotores indocumentados acta de fe y si tiene papeles antiguos se le añade un contrato de compraventa se tachan las cláusulas de itv y libre de cargas y lo que choque con la Acta de fe
Me encanta el olor de embrague y gasolina por la mañana :D
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Un saludo.
Que importante es cuando vamos a comprar un vehiculo, coger placa de matrícula, si tiene, y numero de bastidor. Te acercas en un rato a trafico y que te cuenten cosas. A partir de ahí, empezamos a valorar. Si tu lo hiciste verias que no coincidían vendedor y titular, eso ya mosquea, sin otro documento que otorgue titulo.
Como te puedes quedar con una moto sin firmar un contrato de compraventa? Lo harias con una casa? Con un turismo?
Si, como te dicen los compañero, no llegais a un acuerdo las partes, y vais a juicio, te van a hacer muchas preguntas.
Ahora bien, si tu no conoces al que te la vendio y éste si conoce al dueño, te pueden estar haciendo la "1314". Creo que me explico.
Suerte.
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Tengo mi parte jurídica del cerebro muy oxidada. Pero, que yo sepa, la posesión de buena fe equivale a título, con lo cual no deberías perder la moto. El problema lo tienen el que denuncia y el denunciado, que deberá resarcirle económicamente.
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Saludos.
No se Julian...
Si tu vecino me vende tu casa, sin tu saberlo, yo la compro de buena fe ( sin mirar Registro de la Propiedad, cargas, hipotecas, etc,etc, no hago contrato.....pero de buena fe todo) tu te enteras, cuando vuelves de vacaciones, denuncias a tu vecino por vender tu casa, a mi, supongo que por ocuparla, pero según tu teoria, como yo la compré de buena fe, me la quedo? :shock: ya tengo el titulo otorgado?
Luego tu vecino, si asi lo estima el juez, te resarcira economicamente, si tiene con qué y ya está? Tu te vas a vivir a otro lado y yo me quedo en tu casa?
Pues esto es un chollo.....para el de la buena.fe, claro.
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Olvidé decir "para bienes muebles". :oops:

¿Ves como tengo oxidada la parte jurídica del cerebro?

Artículo 464 del Código Civil

La posesión de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale al título. Sin embargo, el que hubiese perdido una cosa mueble o hubiese sido privado de ella ilegalmente, podrá reivindicarla de quien la posea.

Es decir, que le pueden pedir la moto ... pero que quien acabará pagando el pato es el cachondo que la vendió sin tener derecho a ello.
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